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Supermercados que revisen ticket o mercancía de clientes podrían ser multados por hasta 9 millones de pesos

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Ciudad de México.- A principios de febrero, el director de la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) en Baja California Sur, Walter Alejandro Montaño Chávez, revivió una polémica sobre si los supermercados deberían o no revisar el ticket de sus clientes al salir.

Un delito revisar el ticket, dice la Profeco
En declaraciones retomadas por BCS Noticias, el director de la Profeco dijo: “Sí, todos sabemos de algunos, son 13 establecimientos a los que hemos llegado. Vamos a seguir en donde veamos que están incurriendo en el delito de revisión de mercancía”, expresó.

En ese sentido, indicó que las multas para los supermercados que revisen los tickets van de 250 a 9 millones de pesos.

“Nadie puede presumir que vas a salir con algo robado nada más porque sí, está afectando la integridad de la persona y los derechos inalienables, pero si ellos lo hacen porque han tenido robos lo tienen que resolver directamente con las cámaras que tienen (…)”, explicó.

Los establecimientos en los que se pide membresía estarían excluidos.

¿Qué dice la Profeco sobre revisar tickets de sus clientes?
Aunque en los últimos años se han generalizado este tipo de verificaciones, son una medida que sería ilegal.

De acuerdo con los artículos 9y 10 de la Ley Federal de Protección al Consumidor (LFPC), los proveedores de bienes o servicios tienen prohibido atentar contra la libertad de los consumidores, bajo el pretexto de registro.

A continuación, el artículo 10 integro de la Ley
«Queda prohibido a cualquier proveedor de bienes o servicios llevar a cabo acciones que atenten contra la libertad o seguridad o integridad personales de los consumidores bajo pretexto de registro o averiguación. En el caso de que alguien sea sorprendido en la comisión flagrante de un delito, los proveedores, sus agentes o empleados se limitarán, bajo su responsabilidad, a poner sin demora al presunto infractor a disposición de la autoridad competente. La infracción de esta disposición se sancionará de acuerdo con lo previsto en esta ley, independientemente de la reparación del daño moral y la indemnización por los daños y perjuicios ocasionados en caso de no comprobarse el delito imputado.”

¿Qué dice la Profeco sobre los robos?
Si un cliente es sorprendido cometiendo un delito, los proveedores deben poner al infractor a disposición de las autoridades.

Si se continúa revisando el ticket o a los clientes, la Profeco podría aplicar multas que van desde 834.15 y hasta 3,262,498.76 pesos, en términos de la LFPC. También se deberá hacer la reparación del daño moral.

¿Qué sucede en la actualidad?
A pesar de que estas son las medidas que aparecen en los artículos citados, la realidad es que la ley no se actualiza desde el año 2012 y que hay muchos supermercados que realizan estas prácticas, sin ningún tipo de sanción. El tema volvió a ser de debate tras las declaraciones del titular de la institución en Baja California Sur.