Ciudad de México.- El pleno del Senado de la República aprobó una reforma para sancionar hasta con 20 años de cárcel a quienes adulteren, falsifiquen, contaminen y alteren vacunas contra el covid-19, pero también medicamentos, fármacos, materias primas y aditivos de envases finales para uso o consumo humanos.
Estas penas también serán aplicables cuando se fabriquen sin los registros, licencias o autorizaciones que señala la ley.
El pleno del Senado aprobó con 65 votos a favor, 14 en contra y una abstención reformas a la Ley General de Salud para castigar hasta con 20 años de prisión la adulteración, falsificación, contaminación y alteración de vacunas contra el Covid-19, así como medicamentos, fármacos, materias primas y aditivos de envases finales para uso o consumo humanos o su fabricación sin los registros, licencias o autorizaciones que señala la ley.
Las ganancias que obtienen grupos criminales por estos delitos son millonarias, especialmente, después de la pandemia, explicaron los senadores.
“A mí me parece que la etapa de una pandemia debe de tener un mecanismo de reforzamiento y de respuesta para las organizaciones de las que nos habla la OMS que hoy nos advierte de las ganancias multimillonarias de más de 30 mil millones de dólares o de lo que nos habla la DEA, de un ejercicio de organizaciones criminales multilaterales”, dijo Miguel Ángel Mancera, coordinador de los senadores del PRD.
“Cómo poder justificar las ganancias económicas sobre la vida de los seres humanos a quienes amamos, tienen hijos, tienen madres, tienen familia, qué daríamos por tener todos los recursos médicos para salvar la vida de quien amamos y caer en manos de codiciosos que han hecho enormes fortunas a través de estos negocios ilícitos”, explicó Ana Lilia Rivera, presidenta de la Comisión de Estudios Legislativos.
La reforma es al artículo 464 de la Ley General de la Salud, contempla además una multa de hasta 100 mil veces la Unidad de Medida de Actualización equivalente a 8 millones 962 mil pesos a quien incurra en estas conductas delictivas.
Por otra parte, se aplicará una pena de uno a nueve años de prisión y multa de 20 mil a 50 mil veces la UMA a quien falsifique, adultere o permita la adulteración o falsificación de material para envase o empaque de medicamentos, etiquetado, sus leyendas, la información que contenga o sus números o claves de identificación.
La minuta se envió a la Cámara de Diputados para su análisis y ratificación.