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Diputados avalan por unanimidad que madres no tengan la custodia automática de sus hijos al momento de divorciarse

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Diputados avalaron el dictamen por el que la custodia de los hijos tras el divorcio puede pasar al padre o a un tercero.
La Cámara de Diputados modificó por unanimidad las reglas que actualmente dan preferencia a la madre en la custodia de los hijos menores de siete años durante el proceso de divorcio.

Los diputados avalaron el dictamen que reforma al artículo 282 del Código Civil Federal, que plantea que la custodia no sea automática para la madre, sino que también pueda estar también en manos del padre o un tercero siempre y cuando lo decida un juez y no exista peligro grave para los hijos.

Taygete Irisay Rodríguez González, diputada de Movimiento Ciudadano, señaló que esta reforma sobre la custodia de los hijos atiende el interés de la niñez y la realidad de las mujeres.

“Encargar el cuidado de las y los niños a la madre en el tiempo que dure el juicio es una medida que asume que las madres son las responsables naturales del cuidado de las y de los niños. Hoy en día, con la altísima participación de las mujeres en la vida laboral, esto ya no es necesariamente el caso para todas las familias”, dijo.

Dictamen sobre custodia de hijos se turnará al Senado
Legisladores señalaron que en México el divorcio prácticamente se duplicó en los últimos 10 años y; por otro lado, más del 90% de se resuelven por vía judicial.

Taygete Irisay Rodríguez argumentó que esta reforma atiendea

El dictamen sobre la custodia de los hijos menores de siete años tuvo el respaldo de 476 diputados y se turnó al Senado para su validación.

El dictamen de la reforma sobre la custodia de los hijos derogó la fracción VI del artículo 282 del Código Civil Federal que indica «“salvo peligro grave para el normal desarrollo de los hijos, los menores de siete años deberán quedare al cuidado de la madre”.

Legisladores consideraron que esta reforma abona al principio de igualdad, ya que actualmente tras el divorcio se designa la custodia legal de los hijos de forma automática a la madre cuando son menores de siete años, además de que se vulnera el principio del interés superior de la niñez.