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Sicarios detenidos al Sur de Guaymas podrían alcanzar más de 15 años de cárcel

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Guaymas, Sonora.- Los cuatro presuntos sicarios, entre ellos el hijo del ex comisario de la Policía Municipal de Guaymas, quienes fueron capturados por elementos de la Guardia Nacional al Sur de este puerto y que fueron trasladados a Hermosillo desde la noche del  pasado lunes, bajo rigurosas medidas de seguridad, podrían alcanzar hasta 15 años de prisión, por los Delitos de Portación de Armas Prohibidas y Asociación Delictuosa, según lo establece el Código Penal Federal de México.

EL TITULO CUARTO
Delitos Contra la Seguridad Pública

CAPITULO III
Armas prohibidas
Artículo 160.- A quien porte, fabrique, importe o acopie sin un fin lícito instrumentos que sólo puedan ser utilizados para agredir y que no tengan aplicación en actividades laborales o recreativas, se le impondrá prisión de tres meses a tres años o de 180 a 360 días multa y decomiso.
Los servidores públicos podrán portar las armas necesarias para el ejercicio de su cargo, sujetándose a la reglamentación de las leyes respectivas.
Estos delitos, cuyo conocimiento compete al fuero común, se sancionarán sin perjuicio de lo previsto por la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, de aplicación federal en lo que conciernen a estos objetos.
CAPITULO IV
Asociaciones delictuosas
Artículo 164.– Al que forme parte de una asociación o banda de tres o más personas con propósito de delinquir, se le impondrá prisión de cinco a diez años y de cien a trescientos días multa.
Cuando el miembro de la asociación sea o haya sido servidor público de alguna corporación policial, la pena a que se refiere el párrafo anterior se aumentará en una mitad y se impondrá, además, la destitución del empleo, cargo o comisión públicos e inhabilitación de uno a cinco años para desempeñar otro. Si el miembro de la asociación pertenece a las Fuerzas Armadas Mexicanas en situación de retiro,
de reserva o en activo, de igual forma la pena se aumentará en una mitad y se le impondrá, además la baja definitiva de la Fuerza Armada a que pertenezca y se le inhabilitará de uno a cinco años para desempeñar cargo o comisión públicos.
Artículo 164 Bis.- Cuando se cometa algún delito por pandilla, se aplicará a los que intervengan en su comisión, hasta una mitad más de las penas que les correspondan por el o los delitos cometidos.
Se entiende por pandilla, para los efectos de esta disposición, la reunión habitual, ocasional o transitoria, de tres o más personas que sin estar organizadas con fines delictuosos, cometen en común algún delito.
Cuando el miembro de la pandilla sea o haya sido servidor público de alguna corporación policiaca, la pena se aumentará hasta en dos terceras partes de las penas que le corresponda por el o los delitos cometidos y se le impondrá además, destitución del empleo, cargo o comisión públicos e inhabilitación de uno a cinco años para desempeñar otro.
Lo cual quiere decir que los detenidos podrían alcanzar penas de 5 años hasta 17 años de prisión.

Como se informó con oportunidad sujetos armados entre ellos el hijo del ex Comisario de la Policía Preventiva Municipal de Guaymas, Silvestre Armenta Ramírez, además tres personas más, fueron capturadas por personal de la Guardia Nacional, en poder de varias armas de alto poder, en hechos que iniciaron en el sector Misión del Sol y culminaron en la colonia 13 de Julio, al Sur de este puerto.

El hijo del ex comandante responde al nombre de Silvestre, quien anteriormente ya se había involucrado en varios escándalos dentro de la corporación policiaca.

Para mala fortuna de los hombres armados en esos momentos realizaban un recorrido de vigilancia elementos de la Guardia Nacional, quienes de inmediato los interceptaron y desarmaron.

Además de asegurar varias armas largas, también decomisaron el vehículo que tripulaban, siendo un automóvil de la marca Volkswagen «Vento» y un Ford «Fiesta», ambos de color blanco.