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Firman convenio contralorías sobre ‘blindaje electoral’

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Empalme, Sonora.- La Contraloría General del Estado firmó con las Contralorías Municipales un convenio sobre “Blindaje Electoral 2018”, relacionado con la capacitación los servidores públicos en materia de delitos electorales y responsabilidades administrativas a las que serían acreedores si incumplen con el Programa Especial para el Cumplimiento de la Ley en Tiempo Electoral”, informó José Luis Dumas Gutiérrez.

El contralor municipal de Empalme aseguró que se estará vigilante del cumplimiento de los funcionarios públicos municipales en lo que se refiere a horarios, asistencia a eventos de campaña o la utilización de vehículos oficiales.

Cabe mencionar que representantes de la Contraloría General del Estado y del Instituto Estatal Electoral de Sonora, Miguel Angel Murillo Aispuro y Guadalupe Tadei Zavala, respectivamente, suscribieron un convenio sobre “Blindaje Electoral 2017-2018” y, uno de los objetivos es la de difundir, capacitar y prevenir entre los servidores públicos sobre las conductas en las que pudieran incurrir y que pueden tipificarse como delitos electorales.

“En el Artículo 22 se establece en el Código Electoral para el Estado de Sonora que las dependencias, entidades y organismos de la Administración Pública Estatal Directa o Descentralizada no podrán realizar aportaciones o donativos a los partidos políticos, sea dinero o en especie, por sí o por interpósita persona y bajo ninguna circunstancia. Asimismo, se abstendrán de comisionar, autorizar o permitir a funcionarios o empleados municipales, la realización o atención en horas laborales o durante el desempeño de algún encargo o comisión laboral o sindical, de acciones o funciones relacionadas con el apoyo a actividades de cualquier partido político o sus candidatos.

Y agregó, que las sanciones a las que pueden hacerse acreedores los servidores públicos, dependiendo de la gravedad de la falta, de conformidad con el Artículo 68 de la Ley en la materia, son las siguientes: I.- Apercibimiento; II.- Amonestación; III.- Suspensión; IV.-Destitución del puesto; V.-Sanción económica y VI.- Inhabilitación temporal para desempeñar empleos, cargos o comisiones en el servicio público.

Por último comentó, que todo ciudadano y todo servidor público que tenga conocimiento de un hecho ilícito, está obligado a hacerlos de conocimiento de las autoridades, específicamente en los casos relacionados con las denuncias por responsabilidad administrativa podrán ser presentadas ante la Contraloría Municipal con quienes se tiene celebrado convenio para la recepción de quejas y denuncias.