Ciudad Juárez.- Tras denunciar públicamente discriminación y la violación al derecho a la identidad de su hija recién nacida por parte del Registro Civil, la oficialía registró oficialmente a la infante, hija de un matrimonio homoparental, la cual ahora ya cuenta con su acta de nacimiento.
Gerardo e Irving, padres de Sofía, afirmaron que este proceso deja un precedente histórico para parejas, que como ellos, realizaran en un futuro este trámite legal.
Incluso ellos mismos regresarán tal vez en un año.
“Nosotros queremos tener otro hijo y queremos acudir libremente a registrarlo”, dijo Irving, padre biológico de la pequeña.
Julián Brito Saucedo, oficial del Registro Civil, descartó que hubiera conflictos legales para registrar legalmente a la niña, al asegurar que la pareja cumplió con los requisitos, los cuales se les entregaron en la primera visita.
Aseguró que al registrar a la menor a la pareja se les reconoce jurídicamente la identidad genérica de la persona transgénero a uno de los progenitores.
Aunque explicó que “en el concepto puro, la hija es de la madre que la concibió y biológicamente así fue, nada más que ahora la madre biológica se llama Gerardo”,
Dijo que “eso es lo que el personal del Hospital Femap puso en el certificado de nacimiento, luego se verificó el estatus del padre biológico, que está acreditado en el acta de matrimonio y se observa que se cubren todos los requisitos”.
Gerardo, de 26 años, nació mujer y fue en el 2017 cuando cambió de nombre y género, procedimiento que hizo en la Ciudad de México; posteriormente, ya como hombre conoció a Irving, hombre bisexual, se enamoraron y ambos hombres se casaron legalmente.
La pareja tuvo una hija que nació el pasado 13 de abril mediante parto natural y luego de obtener el certificado de nacimiento de la niña, acudieron al Registro Civil en donde, a decir de Irving, fueron discriminados por Brito Saucedo, quien les negó el trámite.
La negativa, dijo Nacho Díaz, coordinador Movimiento Integración de la Diversidad MovID, contraviene el Artículo 13 de la Ley de los Derechos de las Niñas, Niños y adolescentes del Estado que cita “el derecho a la identidad implica tener nombre, nacionalidad, conocer su origen genético y a sus padres, salvo los casos previstos por la ley”.
Añade que las niñas y niños deben ser inscribirlos oportunamente en el Registro Civil después de su nacimiento, conforme a la legislación aplicable, cuidando en todo momento que los datos asentados sean fidedignos, a fin de evitar cualquier alteración de la identidad.
Además debe quedar asentado en el acta de nacimiento respectiva, desde el momento del registro, el nombre de los progenitores cuando se conozcan, independientemente de las circunstancias personales de estos.
Gerardo e Irving se presentaron una segunda ocasión con todos los documentos solicitados, pero ya llevaban un escrito mediante el cual exponían su caso ante la directora del Registro Civil, Inés Aurora Martínez Bernal. El documento, asegura Irvig, fue leído por Brito pero éste ignoró su contenido.
“La carta no venía dirigida a mí, pero cuando llamé a Chihuahua para exponer el caso, el documento que entregaron menciona cuáles son sus derechos y observamos que cumplen con los requisitos”, expuso.
Aclaró que a ninguna persona se le otorga el registro en su primera visita primera porque es cuando se le da la solicitud y se le informa qué documentos debe entregar, entonces se le agenda la cita”, explicó Brito Saucedo.
Irving mencionó que el lunes por la mañana fueron citados por el visitador de la Comisión Estatal de Derechos Humanos (CEDH), Carlos Gutiérrez Casas, quien les explicó que la negativa del registro de la menor era una violación a los derechos humanos de la niña.
Gutiérrez Casas expuso públicamente que “interpretaciones literales de la ley trae como consecuencia la violación a los derechos más elementales de una niña, por parte del Registro Civil”.
“El derecho a la personalidad, identidad, a un nombre, a la nacionalidad y las relaciones familiares, son negadas por el sólo hecho de no permitir el registro de la niña por parte de sus dos padres”, mencionó
Irving refirió que el visitador llamó por teléfono al oficial Brito Saucedo, a quien lo une una amistad de muchos años y 10 minutos después les notificaron que el Registro Civil los recibiría para proceder con el trámite, el cual atestiguó el derechohumanista.
El oficial del Registro Civil, Julián Brito Saucedo aseveró que el registro de la infante no fue por la intervención de su amigo de la infancia, sino en ejercicio pleno del derecho de la menor a contar con una personalidad e identidad
“Fue coincidencia. En este caso, precisó, el derecho de la madre es irrenunciable y se le reconoce el derecho a la persona que da la vida, ahí estaba la mamá, que tenía un acta de nacimiento con el nombre de hombre y un acta de matrimonio como hombre porque su derecho se lo permite, en ese caso se cumplen los requisitos Nada se puede hacer son está respaldado y fundamentado legalmente”, dijo el oficial del Registro Civil.