Ciudad de México.- Pablo Gómez, titular de la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) aseguró que en la Constitución se establece como obligatorio el participar en las consultas de Revocación de Mandato, así como sanciones para quienes no lo hagan.
El funcionario indicó que en los artículos 35.I y 36.III de la Constitución se establece el derecho y obligación de los ciudadanos a votar en los proceso de Revocación.
Por su parte, en el artículo 38.I se mencionan sanciones para quienes no hayan cumplido con su “obligación” de votar en el proceso.
Mediante Twitter, Gómez también señaló al Instituto Nacional Electoral (INE) de no haber difundido la consulta de Revocación de Mandato del 12 de abril de manera correcta “porque estaba en contra del procedimiento”.
No hubo todas las casillas porque el INE retuvo mil 360 millones en sus ilegales fideicomisos”, escribió.
En el padrón electoral estaban inscritos 92 millones 823 mil 216 ciudadanos, de los cuales, solo 16 millones 502 mil 636 personas votaron en la Revocación de Mandato, o sea el 17.7%, mientras que cerca del 82% no se presentó.
La Constitución (35.I) señala obligatorio el voto en la revocación de mandato. La "autoridad electoral" nunca lo dio a conocer a la ciudadanía porque estaba en contra del procedimiento. No hubo todas las casillas porque el INE retuvo 1,360 millones en sus ilegales fideicomisos.
— Pablo Gómez (@PabloGomez1968) April 12, 2022
¿Qué sanciones hay por no participar en la revocación de mandato?
Según se establece en el artículo 38 de la Constitución mexicana, los derechos o prerrogativas de los ciudadanos se suspenden por el incumplimiento de sus obligaciones, pero estás deberán ser determinadas por un juez.
“Esta suspensión durará un año y se impondrá además de las otras penas que por el mismo hecho señalare la ley”, se lee en la Constitución.