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¿Qué nos dice la Ley en el uso excesivo de las fuerzas armadas?

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La Ley Nacional del Uso de la Fuerza publicada en mayo de 2019 en el Diario de la Oficial de la Federación, establece las obligaciones de todas las corporaciones policíacas y militares del país, y cómo deben actuar en detenciones y manifestaciones.

Todas las fuerzas de seguridad pública del país, desde municipales hasta la Guardia Nacional y los efectivos de la Fuerzas Armadas, se rigen bajo esta ley.

Tiene una vigencia para los siguientes cinco años y dictamina que tanto los agentes que hagan uso de la fuerza excesiva y sus superiores son responsables de los actos, al no impedirlos o denunciarlos.

¿Qué es el uso de la fuerza?
De acuerdo con esta ley el uso de la fuerza es:

«La inhibición por medios mecánicos o biomecánicos, de forma momentánea o permanente, de una o más funciones corporales que lleva a cabo una persona autorizada por el Estado sobre otra, siguiendo los procedimientos y protocolos que establecen las normas jurídicas aplicables.»

Existen cinco niveles para hacer el uso de la fuerza:

Presencia de Autoridad
Persuasión verbal hacia el agresor
Reducción física de movimientos
Utilización de armas incapacitantes, más no letales
Utilización de armas de fuego o de fuerza letal
Además solo se justificará cuando la resistencia sea real o actual o inminente, es decir, que la agresión debe estar materializada y no ser hipotética; incluso presentarse en el momento y no después o esté próxima a ocurrir.

Para ser legítima se debe regir por los siguientes principios:

Absoluta necesidad
Legalidad prevención
Proporcionalidad
Rendición de cuenta

¿Cómo deben actuar los policías en detenciones y manifestaciones?

En detenciones los agentes tiene prohibido hacer tratos denigrantes, abuso de autoridad y tortura. Incluso las detenciones pueden ser registradas en videos y establece que es legal grabar, pero no en una situación forzosa.

En manifestaciones, el artículo 31 señala que debe privilegiarse a los agentes con capacidad de persuasión antes de llegar a la violencia y su actuación debe estar limitada a la protección de los manifestantes como de terceros.

Por ello los militares implicados en el ataque tendrían que ser turnados ante la Agencia del Ministerio Público.